Artículo 12. Concursos de agencias.
Cuando un Anunciante elige una Agencia con la cual va a establecer una relación comercial,
toma una decisión que involucra a las dos partes en una colaboración que ambos desean
duradera y fructífera. Esta decisión es también el resultado de un proceso de selección
cuyas modalidades condicionan en gran parte las chances de éxito y de sustentabilidad
de dicha relación comercial y de las futuras acciones llevadas en conjunto.
Frente a la importancia de esta apuesta para el Anunciante y frente a la inversión, tanto
económica como de tiempo que ello representa para la Agencia, resulta necesario llevar
a cabo este proceso según reglas precisas y compartidas por las partes.
A tal efecto, la AAP y la CAA recomiendan seguir la
GUÍA PARA CONCURSOS DE AGENCIA
DE PUBLICIDAD
, documento que está incluido como Anexo a este Código de Buenas
Prácticas.
Artículo 13. Contingencias y solidaridad
El concepto de cumplimiento de la normativa legal, de los códigos de ética y de las propias
normas internas de las empresas va hoy en día más allá de la empresa misma, ya que
abarca también a proveedores, especialmente con la incorporación del concepto de
solidaridad en normativa legal.
a. Solidaridad laboral
La legislación laboral argentina prevé el concepto de solidaridad. En sus contrataciones
de Agencias, los Anunciantes deberían asegurarse que las mismas cumplen rigurosamente
con la normativa vigente. Este requisito es a veces muy difícil de corroborar, por lo que
muchos Anunciantes incluyen en sus contratos con sus Agencias cláusulas por las cuales
éstas se comprometen a asumir los riesgos, costos y sanciones de un posible traslado de
una demanda laboral a sus clientes.
Sin embargo, el real cumplimiento de estos compromisos voluntarios de las Agencias se
basa en la buena fe de las mismas y en la confianza entre las partes, producto de una
relación contractual de larga duración, ya que es el propio demandante él que podría
Selección de una agencia de publicidad